Si conduces un vehículo que no es el tuyo y tu nombre no figura en la póliza, puede que el seguro te cubra ante cualquier incidente… o puede que no. Te contamos de qué depende.

Hay situaciones en las que nos ponemos al volante de un vehículo que no es nuestro por necesidad (en el caso de una emergencia) o pensando en la seguridad de todos los ocupantes (un amigo que ha bebido…). O simplemente conducimos un coche prestado por un familiar o nuestra pareja. Pero ¿qué ocurre si sufrimos un percance y no figuramos entre los conductores ocasionales o habituales de la póliza?

A parte de las consecuencias físicas, puede que también tengamos otras consecuencias económicas que harán que nos acordemos siempre del día en el que decidimos ponernos al volante de un coche que no era el nuestro.

En principio, obviamente las personas que figuran en la póliza son las que están cubiertas sin problema.

Aun así, aunque tu nombre no figure en los papeles del seguro, la compañía aseguradora podría hacerse cargo de los gastos si cumples una serie de requisitos de edad y años de carné. También dependerá de las condiciones de la aseguradora.

Cobertura a otro conductor

Existen pólizas “nominativas”, es decir, que sólo puede conducir el vehículo la persona o personas declaradas en el contrato.

En ese caso, si el vehículo lo condujera una persona distinta, la compañía aseguradora no podría oponerse a cubrir la Responsabilidad Civil Obligatoria ante un tercero perjudicado. Ojo, sin embargo la aseguradora podría llegar a reclamar al tomador y/o conductor parte de las cantidades indemnizadas. En el caso del resto de coberturas, podría llegar a no indemnizar.

En algunos casos, aunque la póliza tenga aspecto de póliza “nominativa”, no lo es.

Nos explicamos: aunque en el seguro del coche figuren declaradas ciertas personas como conductores habituales y ocasionales, el vehículo puede ser conducido por una tercera persona. Esto es así siempre y cuando no suponga un mayor riesgo que las personas declaradas. Fundamentalmente significa que esta tercera persona no puede ser más joven o tener menos antigüedad de carnet que ninguna de las declaradas.

Si esto fuera así, en un percance ante terceros y respecto a la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria el seguro no se puede oponer a la indemnización, pero podría llegar a aplicar reglas proporcionales en el resto de coberturas.

En el caso de Seguros Lagun Aro

Con Seguros Lagun Aro es necesario declarar expresamente:

  • los nombres de las personas que conducirán los vehículos asegurados que sean menores de 27 años y tengan menos de 4 años de carné,
  • y, en todo caso, tiene que estar declarado expresamente el conductor o conductora de menor edad y menos antigüedad de carnet que va a conducir el vehículo.

No obstante, nuestras pólizas habilitan a que tu vehículo pueda ser conducido de manera ocasional y sin declararlo expresamente cualquier conductor mayor de 27 años y con más de 4 años de antigüedad de carnet, de tal forma que en caso de una necesidad tu póliza ofrezca la flexibilidad oportuna.

Recomendaciones

Por todo esto, si alguien de tu familia, de tu círculo de amistades o incluso compañeros de trabajo utilizan tu vehículo, lo mejor será que quede constancia de ellos en tu póliza. Pueden incluirse como conductor principal, ocasional o segundo conductor. De esta manera circularemos con la tranquilidad de saber que estamos cubiertos ante cualquier incidente.

Coberturas como la de “Conductor Superprotegido” de Lagun Aro no son habituales en el mercado

Otra posibilidad que mucha gente desconoce es la de contratar una cobertura por la que el conductor habitual declarado en póliza será indemnizado incluso si conduce un vehículo ajeno.

Es una cobertura muy poco habitual en el mercado, pero Lagun Aro sí la ofrece. Se llama cobertura de “Conductor Superprotegido” y la ha desarrollado precisamente para dar seguridad a los clientes que utilizan diferentes vehículos. Esta cobertura es opcional y garantiza, en caso de invalidez permanente o fallecimiento, los capitales de Accidentes del Conductor de tu póliza en el caso de que conduzcas un vehículo al margen de los de tu unidad familiar; y es especialmente útil porque como conductor o conductora te garantiza los mismos capitales que si condujeras tu coche.

En el caso de alquilar un vehículo, ¡tranquilidad! Lo normal es que la compañía de alquiler incluya en sus coches un seguro mínimo de responsabilidad civil, e incluso que incluya algunas coberturas adicionales.