El GPS se ha convertido en un elemento más de nuestro vehículo, tanto si está integrado en él como si no. Además, todos tenemos un teléfono que lleva consigo un mapa o un sistema de navegación, esto nos facilita encontrar una dirección específica.

Se trata de un instrumento tan popular hoy en día que incluso aparece en las preguntas test de los exámenes de conducir. ¡Pero mucho ojo! No podemos olvidarnos de que los teléfonos móviles son los responsables de la mayoría de las distracciones al volante, y una de las principales causas de accidentes de tráfico, según la Dirección General de Tráfico (DGT). Estos datos no solo se refieren al uso del móvil para llamar o mandar mensajes, sino que también entran las distracciones por usar el GPS mientras se conduce.

¿Me pueden multar por usar el GPS?

La nueva reforma sobre la Ley de Tráfico y Seguridad Vial ha modificado aspectos importantes en la regulación de la circulación y las normas de seguridad vial, pero también ha endurecido las sanciones correspondientes a determinadas infracciones. Las protagonistas han sido, aquellas infracciones que están consideradas y constituyen una distracción cuando estamos delante del volante y aumentan las posibilidades de sufrir un accidente de tráfico. 

Utilizar el GPS mientras conducimos es una práctica prohibida y sancionada, al igual que nuestra conducción manual con dispositivos móviles u otros sistemas, ya que reducen la concentración permanente necesaria para conducir.

Por ello, el uso del GPS durante la conducción se considera una infracción grave y se sancionará con una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet de conducir. 

¿Qué dice la nueva norma?

Pero el uso de GPS también puede dar lugar a sanciones por otros tipos de situaciones:

  • Seguir las instrucciones del navegador puede llevarnos a algún tipo de conducción temeraria, como giros bruscos o inesperados por falta de respuesta, vueltas en sentido contrario, adelantamientos peligrosos, exceso de velocidad, etc., que dan lugar a una multa de tráfico.
  • Colocar el GPS en una zona que obstaculice la visibilidad del conductor supondrá una multa de 200 € sin pérdida de puntos.
  • Llevar un GPS con inhibidor de radares integrado se considera delito y su uso conlleva una multa de 6.000 euros y 6 puntos de demérito de la licencia.

La nueva norma dice literalmente que está prohibido «utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores (esta frase amplía los casos en los que se puede multar), conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros». 

En conclusión, podemos seguir usando dispositivos GPS si están integrados en el vehículo y siempre que no sea necesario usar las manos para utilizarlos.